Si hay un acontecimiento económico en España durante el mes de diciembre es sin duda el sorteo de lotería nacional de Navidad. En muchos sitios, desde el verano se empiezan a vender los décimos y participaciones para este sorteo. Es algo que tenemos realmente muy arraigado, y pasar por un bar, o por una población, y no comprar lotería, para muchos es algo imperdonable.
He de confesar que a mí no me gusta especialmente. No suelo comprar apenas lotería, sólo esas participaciones que te ofrecen y debes comprar, sí o sí, por mero compromiso. Por lo tanto, yo no tendré el problema de saber cómo y cuánto debo incorporar a mi declaración de IRPF 2014 en caso de tener el gordo de Navidad.
Hasta 2013, los agraciados con el premio estaban exentos de declarar, pero a partir de este año, todos los premios de sorteos de loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, las Comunidades Autónomas y la Cruz Roja Española, y la Organización Nacional de Ciegos (ONCE), de importe superior a 2.500 € deberán tributar en el IRPF, quedando exentos los de importe inferior a este límite.
¿Cuánto hay que pagar por el premio Gordo de Navidad?
El importe a pagar estará determinado por el importe del premio obtenido. Para ello, al importe total del premio obtenido, se resta 2.500 € de exención, y obtenemos la base imponible. El importe a pagar será el 20 % de esta base imponible. Como estamos hablando del Gordo de Navidad, el premio al décimo, que tiene un precio de compra de 20 €, le corresponden 400.000 €, y por tanto, realizando los cálculos pertinentes, obtenemos que al contribuyente le corresponde pagar 79.500 € a la Agencia Tributaria.
Premio: 400.000 €
Base Imponible: 400.000 - 2.500 = 397.500 €
Impuesto: Base Imponible x 20 % = 397.500 € x 20 % = 79.500 €
¿Cuándo hay que realizar la declaración?
La declaración debe realizarse durante los 20 primeros días naturales de los meses de enero, abril, julio y octubre, porque evidentemente aunque estamos hablando sólo del sorteo de Navidad porque es el más conocido, hay que tener en cuenta, que esta normativa es aplicable a todos los sorteos, y éstos se realizan durante todo el año, dos veces a la semana.
¿Cómo y dónde debo realizar la liquidación?
Para realizar el pago, la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente el modelo 136, que deberá ser cumplimentado con los datos personales del contribuyente y validado por Internet, domiciliando el pago correspondiente.
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Bueno, espero no habeos estropeado la ilusión por ganar el premio Gordo, ¡ojala os toque pagar los 79.500 €! ;)
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